Diecinueve
años de prisión, 45.000 euros de indemnización y 300 euros mensuales de
manutención para el hijo que tuvo con una de las dos menores de las que abusó
sexualmente. El falso pastor evangelista Carlos F. R., juzgado el pasado mes de
abril en la Sección Octava de la Audiencia Provincial, ha sido condenado por
dos delitos continuados de abusos sexuales. El tribunal considera probado que
durante al menos dos años forzó a dos adolescentes en su domicilio de
Villaviciosa, donde supuestamente ejercía como pastor de la iglesia Evangélica,
aunque nunca llegó a estar reconocido por la congregación.
Además de
la pena de prisión, le impone la prohibición de acercarse a menos de 300 metros
de las víctimas y de sus progenitores, así como de comunicarse con ellos por
cualquier medio. Deberá, además, abonar las costas derivadas del procedimiento
judicial.
Durante su
declaración en el juicio, el falso pastor evangélico no negó haber mantenido
relaciones sexuales completas con la menor que se quedó embarazada, si bien
aseguró en todo momento que se trataba de «relaciones consentidas entre ambos».
Acudió a la vista oral arropado por su esposa y su hija, poco mayor que las
denunciantes.
Pruebas de ADN
Las dos
víctimas, naturales de República Dominicana, prefirieron no tener que cruzar la
mirada con su presunto agresor y testificaron en la sala de vistas protegidas
por un biombo.
Una de las
dos adolescentes se quedó embarazada en 2012, cuando tenía 14 años. Pese a que
el ahora condenado intentó que abortase, siguió adelante con la gestación. El
bebé que tuvo no había sido reconocido por Carlos F. R., aunque los análisis de
ADN presentados como prueba de cargo durante el juicio le asignan la paternidad
y le obligan a aportar una mensualidad de 300 euros en concepto de los gastos
derivados de su manutención.
Por los
hechos delictivos que afectaron a esta víctima, el tribunal le impone una
condena de ocho años de prisión. La pena se eleva a los once años de cárcel en
relación a la otra afectada, que empezó a sufrir los abusos con ocho años -una
edad con un mayor gravamen penal que marca el límite de los 14-. Ambas
estuvieron representadas por la abogada Ana María González, del Centro de
Atención a Víctimas de Agresiones Sexuales y Maltrato (Cavasym).
La condena
impuesta por la Sección Octava es tres años inferior a los 22 que solicitaba el
ministerio fiscal. Sí se ajustan las indemnizaciones (30.000 euros para la
menor que se quedó embarazada y 15.000 euros para la otra) y la mensualidad de
300 euros para la manutención del hijo.
Alegó consentimiento
El
procesado reiteró en todo momento su inocencia. Su abogado pidió para él la
libre absolución alegando que las relaciones habían sido consentidas. De hecho
aseguraba tener correos electrónicos en los que la denunciante que tuvo el bebé
se mostraba «enamorada del acusado».
El tribunal
considera que existen pruebas condenatorias suficientes que demuestran las
culpabilidad del individuo que se hacía pasar por pastor evangélico. «Las
menores pasaban numerosos fines de semana y periodos vacacionales con el
acusado, primero en Siero y luego en Villaviciosa, donde se fue a vivir con su
mujer y su hija», señalaba la acusación pública.
Fue durante
esas estancias en su domicilio cuando supuestamente el agresor aprovechó para
abusar de ellas, después de haberse ganado la confianza de las dos familias. Al
parecer, se ofreció a ayudarles y a guiarles espiritualmente para intentar que
se adaptasen en un país al que habían viajado para labrar un futuro mejor para
sus hijas. Las intenciones eran, de confirmarse la sentencia, bien distintas.
La condena podrá ser recurrida ante el Tribunal Superior de Justicia de
Asturias (TSJA) en un plazo de cinco días.
EL COMERCIO
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